La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Bachillerato será continua y diferenciada según las distintas materias. El profesor/a de cada materia decidirá, al término del curso, si los alumnos y alumnas han logrado los objetivos y alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes.
Promocionará el alumnado de primero a segundo de Bachillerato cuando haya superado las materias cursadas o tenga evaluación negativa en dos materias, como máximo. En cualquier caso, deberá matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero.
Los centros docentes deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes.
El alumnado podrá repetir cada uno de los cursos de Bachillerato una sola vez, si bien, excepcionalmente, podrán repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente, aunque nunca superando el plazo máximo de 4 años establecido para cursar Bachillerato.